Desde que se instauró el nuevo sistema de voluntariedad, se han completado los cupos del contingente necesario, con jóvenes que han decido realizar el Servicio Militar. Aunque no desees hacerlo, hay muchas cosas que debes saber. Entérate aquí. Foto: www.serviciomilitar.cl
¿Quiénes son los encargados de impartir el Servicio Militar?
La Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), dependiente del Ministerio de Defensa.
¿Quiénes deben hacer el servicio militar?
Todos los hombres chilenos entre 17 y 24 años. En primera instancia, el servicio militar es voluntario y luego obligatorio si no se completan los cupos del contingente necesario para las FFAA. Para esto, la primera semana de octubre se efectúa un llamado mediante sorteo a los no voluntarios.
¿Qué trámites hay que hacer para inscribirse?
No hay que inscribirse para hacer el servicio militar. Cuando se cumplen 17 años, hay que ir al Registro Civil para actualizar el domicilio, y de inmediato se pasa a formar parte del registro militar.
A los 17 años se puede adelantar el servicio, o bien si se hace a los 18 años, hay que dirigirse a la oficina cantonal más cercana donde se llena un formulario de voluntariedad.
¿Qué significa la inscripción automática?
Que el Registro Civil transfiere los datos de las personas que cumplen 18 años a la Dirección General de Movilización Nacional. Ésta debe publicar y difundir anualmente, en el mes de abril, la respectiva Base de Conscripción para el año, conformada por los integrantes del registro militar (todos los jóvenes de 18 años cumplidos) y los jóvenes disponibles del año anterior (los no llamados).
¿Las mujeres también deben realizar el servicio?
El servicio militar es voluntario para las mujeres, quienes sólo pueden cumplir este deber en el Ejército. Este tiene una duración de un año.
Las interesadas deben tener entre 17 y 24 años, ser chilenas, haber rendido Tercero Medio, ser solteras, sin hijos y tener salud compatible. Para la inscripción hay que presentarse en el cantón de reclutamiento que corresponde a su domicilio en un día específico que la DGMN anunciará, portando el carné de identidad, certificado de nacimiento, certificado de antecedentes personales, certificado de estado civil, fotocopia del certificado de notas de Tercero Medio y un certificado de test de embarazo.
¿El servicio militar se cumple sólo en el Ejército?
No, puede cumplirse en el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea y, en ciertos casos, en la Defensa Civil. Los cupos en la Armada y la Fuerza Aérea son limitados.
¿Cuánto dura el servicio?
En el Ejército, Fuerza Aérea y la Armada tiene una duración máxima de dos años.
¿Hay otras formas de hacer el servicio?
Aparte de la conscripción ordinaria, hay otros dos métodos de cumplimiento del servicio:
Prestación de servicios profesionales, hasta por ciento ochenta días, de servicios vinculados a sus estudios en aquellas profesiones que interesen a las Fuerzas Armadas.
Participación en cursos especiales de instrucción militar, hasta por ciento cincuenta días, para estudiantes del último año de enseñanza media o de establecimientos de educación superior del Estado o reconocidos por éste.
¿Qué pasa después de efectuar el servicio?
La persona que realiza el servicio se transforma en una reserva militar en caso de necesidad del país, hasta los 45 años. También puede postular a una carrera en las escuelas matrices de las Fuerzas Armadas u optar a la contratación como soldado profesional por cuatro años en el Ejército.
¿Se pierden los estudios superiores o el trabajo al dejarlos de lado para hacer el servicio?
No. Tras cumplir con el Servicio, la persona tiene derecho a conservar la matrícula en la universidad, instituto o centro de formación técnica que cursaba. Asimismo, en el caso de los trabajadores, retendrá los derechos inherentes a su función, empleo o trabajo, incluida la antigüedad para el ascenso, como si continuara en su desempeño.
El artículo 158 del Código del Trabajo establece que la persona conservará el empleo mientras realiza el servicio militar o forme parte de las reservas, sin derecho a remuneración.
¿Hay maneras de no hacer el servicio?
Es posible postergar la realización del servicio hasta por doce años, por estar cursando estudios superiores o por estar en cuarto año medio, o estar haciendo uso de becas o acreditar residencia en el extranjero. El director general puede también estimar procedentes otras causales.
También puede pasar que una persona esté excluida de hacer el servicio por una incapacidad física o psíquica permanente, o por inhabilidad moral calificada, o quienes hayan sido condenados a una pena aflictiva (mayor a tres años y un día). En el mismo tenor, si dichas incapacidades son temporales, la persona se considera aplazada.
¿Pagan por hacer el servicio militar?
Para incentivar la inscripción de voluntarios, se han fijado sueldos para los soldados conscriptos. Los montos que reciben dependen de los grados que tenga cada conscripto y van desde los $75.158, hasta los $95.282. A ello se suman las asignaciones y gratificaciones, según corresponda.
¿Qué pasa si estoy en condiciones de hacer el servicio pero no hay cupos?
Aquéllos aptos para hacer el servicio y que no fueron acuartelados, formarán durante cuatro años la categoría de «disponibles», por lo que podrán ser llamados en una segunda instancia y ser destinados a la Defensa Civil o a alguna rama de las Fuerzas Armadas distinta a la que postularon.
¿Qué ocurre si no me presento o no me inscribo?
Quienes no se presenten a citaciones de calificación o examen médico, sufrirán la pena de inhabilitación absoluta temporal para el ejercicio de cargos y oficios públicos en su grado medio.
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Fuente: www.bcn.cl, www.serviciomilitar.cl