Para que todos hablemos el mismo idioma, nos entendamos y podamos cumplir con nuestra misión, acercar el Derecho a todas las personas, te presentamos el Diccionario Penal, parte tres y final. Va de la N a la Z. ¡A estudiar!
N
Nulidad (recurso)
Es aquel recurso que se interpone en contra de la sentencia definitiva dictada por un Tribunal de Garantía o Tribunal Oral en lo Penal, dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la sentencia y que se concede para invalidar el juicio oral y la sentencia definitiva, o solamente ésta, por las causales señaladas en la Ley.
O
Orden de detención
Es aquella orden emanada de un tribunal competente para detener a una persona y de este modo asegurar su comparecencia a las actuaciones del procedimiento.
P
Pena
Es la sanción que impone el tribunal competente a un imputado, respecto del cual se dicta sentencia condenatoria por haber cometido un delito o un cuasidelito.
Principio de oportunidad
Facultad que la ley otorga a los fiscales para no iniciar la persecución penal o abandonar la ya iniciada, respecto de un hecho que no compromete gravemente el interés público, a menos que la pena mínima asignada al delito exceda los 540 días o que se trate de un delito cometido por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones.
Procedimiento Monitorio
Es aquel procedimiento que se desarrolla ante el juez de garantía y que se utiliza para la tramitación de las faltas respecto de las cuales el fiscal solicita sólo pena de multa.
Q
Querella
Escrito formal que se presenta ante el juez de garantía competente a través del cual la víctima (querellante), su representante legal o heredero testamentario, asumen un rol activo en la investigación penal.
R
RUC
Corresponde al Rol Único de Causa, entendiéndose por tal el número de identificación que se asigna a cada causa penal y que tiene un formato único utilizado por el Poder Judicial, la Defensoría Penal y el Ministerio Público, lo que facilita su tramitación.
S
Salidas alternativas
Son soluciones al conflicto que implican una menor afectación de los derechos del imputado, dentro de éstos encontramos el Acuerdo Reparatorio y la Suspensión Condicional del Procedimiento.
Sentencia
Es aquel pronunciamiento del órgano que ejerce jurisdicción, luego de un proceso legalmente tramitado, y que falla o resuelve el asunto sometido a su conocimiento. Dependiendo si se condena o absuelve al imputado, la sentencia puede ser condenatoria o absolutoria.
Sobreseimiento
Resolución judicial que pone término al procedimiento, o bien, suspende o paraliza el proceso. Si se trata de un sobreseimiento definitivo se pone término al procedimiento. En el caso del sobreseimiento temporal se suspende el proceso, pero a solicitud del fiscal o de cualquiera de los intervinientes, el tribunal puede decretar la reapertura del procedimiento cuando cese la causa que motivó el sobreseimiento. El sobreseimiento puede ser total si se refiere a todos los delitos e imputados, o parcial cuando se refiere a algún delito o imputado.
Suspensión Condicional del Procedimiento
Salida alternativa por la cual el fiscal, con el acuerdo del imputado, solicita al juez de garantía la suspensión del procedimiento por un plazo que no podrá ser inferior a un año ni superior a tres, tiempo durante el cual el imputado deberá cumplir con una o más de las condiciones que establece la ley, luego de lo cual se extinguirá la acción penal, debiendo el tribunal dictar el sobreseimiento definitivo.
La suspensión condicional del procedimiento puede decretarse:
a) Si la pena a aplicar no excede de tres años de privación de libertad.
b) Si el imputado no hubiera sido condenado anteriormente por crimen o simple delito.
c) Si el imputado no tuviera vigente otra suspensión condicional del procedimiento.
Si el imputado incumple, sin justificación, grave o reiteradamente las condiciones impuestas, o es objeto de una nueva formalización de la investigación por hechos distintos, el juez, a petición del fiscal o la víctima, revocará la suspensión condicional del procedimiento, y éste continuará de acuerdo a las reglas generales.
Tribunal de Garantía
Es el juzgado que, pudiendo estar conformado por uno o más jueces, los cuales actúan como tribunales unipersonales, tiene como principales atribuciones las siguientes: asegurar los derechos del imputado y demás intervinientes en el proceso penal; dirigir las audiencias que procedan; dictar sentencia en el procedimiento abreviado; conocer y fallar el procedimiento simplificado; hacer ejecutar las condenas criminales y las medidas cautelares.
Tribunal Oral en lo Penal
Es aquel tribunal pluripersonal, encargado principalmente de conocer y juzgar las causas por crimen o simple delito, que estén bajo la esfera de su competencia.