¿Qué hago? ¿Tengo que dejar constancia? ¿Tengo que pagar los daños? ¿Cuáles son los temas legales? Son algunas preguntas que nacen inmediatamente ante la mala fortuna de protagonizar un choque. Aquí respondemos éstas y otras preguntas que es mejor que las sepas.
¿Debo dejar constancia o denuncia en Carabineros una vez ocurrido un accidente de tránsito?
Depende:
2.1. Si tienes seguro complementario que repare los daños ocasionados a tu vehículo, solamente debes realizar una constancia en la comisaría más cercana al lugar del accidente.
2.2. Si no tienes un seguro complementario que repare los daños de tu vehículo, debes realizar una denuncia en la comisaría más cercana al lugar del accidente, para ser derivado inmediatamente al Juzgado de Policía Local respectivo.
¿Qué sucede si ocurrido un accidente de tránsito, huyo o no doy cuenta a la autoridad policial respectiva?
De acuerdo a la Ley del Tránsito, el Juez podrá presumir la responsabilidad del conductor.
¿Cuál es el plazo legal para denunciar los accidentes de tránsito al Juzgado de Policía Local?
En los accidentes en que se produzcan daños, el o los participantes estarán obligados a dar cuenta de inmediato a la autoridad policial más próxima. Sin embargo, las acciones para perseguir las responsabilidades infraccionales y civiles, prescribirán en un plazo de 6 meses contados desde la ocurrencia del hecho.
¿Qué tipo de responsabilidades emanan de un accidente de tránsito?
En el evento que el conductor sea quien provocó el accidente, se verá enfrentado a dos tipos de responsabilidades:
1) Infraccional: la que tiene por objeto sancionar al conductor que por el hecho de haber infringido una ley del tránsito, provoca un accidente. Esta responsabilidad se hace efectiva, pagando una multa a beneficio fiscal, impuesta por el tribunal y la eventual suspensión de la licencia, la que dependerá de la gravedad de la infracción. Ejemplo, si choco porque no respeté un signo “Pare”, me multarán y suspenderán la licencia. En la práctica, se traduce en la interposición de la querella infraccional o simplemente en la citación efectuada por Carabineros al Juzgado de policía local.
2) Civil: la que tiene por objeto resarcir los perjuicios económicos que el accidente de tránsito le ocasionan al conductor que no provoca el choque. Ejemplo, si mi auto resulta con daños avaluables en un millón de pesos porque el otro conductor no respetó el signo “Pare”, puedo demandarlo para que me indemnice los perjuicios, es decir que me pague el millón de pesos que costó reparar mi auto. En la práctica, se traduce en la interposición de la demanda por indemnización de perjuicios.
¿Puedo demandar los daños ocasionados a mi vehículo a raíz de un accidente de tránsito?
Efectivamente, la Ley Nº 18.287 establece que los Jueces de Policía Local serán competentes para conocer de la acción civil de indemnización de perjuicios, siempre que se interponga, dentro del procedimiento.
¿Cómo se puede iniciar el procedimiento por daños en choque en un Juzgado de Policía Local?
La Ley señala que el procedimiento puede originarse por demanda, denuncia de particulares o querella, las que deberán ponerse en conocimiento del demandado, denunciado y querellado.
¿Debo presentar siempre la demanda de indemnización de perjuicio con un abogado?
Las partes pueden comparecer ante el Juzgado Policía Local personalmente o representadas en forma legal, pero en los juicios cuya cuantía sea superior a 4 UTM deberán comparecer patrocinadas por un abogado. La demanda deberá estar notificada al demandado con tres días de anticipación al comparendo de contestación, prueba y conciliación.
Si la persona que chocó mi vehículo no es la propietaria del automóvil ¿Puedo demandar a su propietario?
La Ley del Tránsito señala que son responsables de los accidentes del tránsito, el conductor, el propietario del vehículo y la persona que lo tenga legalmente, a menos que acrediten que el vehículo fue usado contra su voluntad.
¿Cuáles son los medios de prueba que necesitaré en un juicio por daños en choque y cuándo deben ser presentados al tribunal?
La utilización de los medios de prueba dependerá del caso en particular, pero debes tener presente que siempre necesitaras fotografías legalizadas ante Notario, presupuestos de reparación del vehículo, facturas, testigos y peritajes. La oportunidad legal para presentarlos al tribunal será el comparendo.
¿En qué momento el tribunal dictará sentencia y que contendrá ésta?
El Juez deberá dictar sentencia dentro del plazo de 15 días, contados desde la fecha en que el juicio se encuentre en estado de fallo y deberá contener y la resolución de las cuestiones sometidas a la decisión del tribunal.
¿Qué puedo hacer si me encuentro disconforme con la sentencia dictada por el tribunal?
Siempre que una de las partes del juicio se sienta agraviada con la sentencia del juicio podrá presentar del plazo de 5 días contados desde la notificación del fallo, el Recurso de Apelación para que la Corte de Apelaciones enmiende conforme a derecho la sentencia dictada por el Juzgado de Policía Local.