Con el cambio aumetará la cantidad de parlamentarios, en diputados, de 120 a 155 y en senadores de 38 a 50. Se espera tener mayor representatividad, mayor representatividad femenina y disminuir las barreras para candidatos independientes.
¿Cuántos diputados tendrá la Cámara?
La Cámara de Diputados mantendrá sus 120 miembros hasta marzo de 2018. A partir de las elecciones de noviembre de 2017 se elegirá un total de 155 diputados, que asumirán en marzo de 2018. Ese será el número de integrantes que se mantendrá en el futuro, de acuerdo con la ley.
¿Cuántos distritos electorales habrá a partir de las elecciones de 2017?
Se estableció que habrá 28 distritos electorales en los que serán elegidos los diputados. Ningún distrito elegirá menos de tres ni más de ocho diputados. En total sumarán 155.
La distribución territorial que habrá es la siguiente:
- Región de Arica y Parinacota: un distrito que elegirá tres diputados.
- Región de Tarapacá: un distrito que elegirá tres diputados.
- Región de Antofagasta: un distrito que elegirá cinco diputados.
- Región de Atacama: un distrito que elegirá cinco diputados.
- Región de Coquimbo: un distrito que elegirá siete diputados.
- Región de Valparaíso: dos distritos; cada uno elegirá ocho diputados. 16 en total.
- Región Metropolitana de Santiago: siete distritos. Dos de ellos elegirán ocho diputados cada uno. Otros dos elegirán siete diputados cada uno. Habrá dos que elegirán seis diputados cada uno. Finalmente habrá un distrito que elegirá cinco diputados. 47 en total.
- Región de O’Higgins: dos distritos. En uno se elegirán cinco diputados y en el otro, cuatro. 9 en total.
- Región del Maule: dos distritos. Uno elegirá siete diputados y el otro, cuatro. 11 en total.
- Región del Bío Bío: tres distritos. Uno va a elegir ocho diputados y en los otros dos se eligen cinco en cada uno. 18 en total.
- Región de la Araucanía: dos distritos. Uno va a elegir siete diputados; otro, cuatro. 11 en total.
- Región de los Ríos: un distrito que elegirá cinco diputados.
- Región de Los Lagos: dos distritos. Uno elegirá cinco diputados y el otro, cuatro. 9 en total.
- Región de Aysén: un distrito, que elegirá tres diputados. 9 en total.
- Región de Magallanes y Antártica Chilena: un distrito, que elegirá tres diputados.
¿La distribución territorial de los diputados puede ser revisada?
La ley establece que cada diez años el Consejo Directivo del Servicio Electoral debe actualizar la asignación de diputados por distrito, según la variación que tenga la población en el país, de acuerdo con los datos del último censo que se haya realizado. Esto significa que algunos distritos podrían quedar con menos representantes y otros con más. Sin embargo, debe mantenerse como criterio un mínimo de tres y un máximo de ocho diputados por distrito.
¿Cuántos integrantes tendrá el Senado?
El Senado mantendrá sus 38 integrantes hasta 2018. Desde 2017 se irán eligiendo los nuevos senadores hasta completar 50. En las elecciones parlamentarias de 2017 se renovará la mitad de la cámara alta.
Cada región se constituirá en una circunscripción con la siguiente integración:
- Región de Arica y Parinacota: dos senadores.
- Región de Tarapacá: dos senadores.
- Región de Antofagasta: tres senadores.
- Región de Atacama: dos senadores.
- Región de Coquimbo: tres senadores.
- Región de Valparaíso: cinco senadores.
- Región Metropolitana de Santiago: cinco senadores.
- Región de O´Higgins: tres senadores.
- Región del Maule: cinco senadores.
- Región del Bío Bío: cinco senadores.
- Región de La Araucanía: cinco senadores.
- Región de Los Ríos: tres senadores.
- Región de Los Lagos: tres senadores.
- Región de Aisén: dos senadores.
- Región de Magallanes y de la Antártica Chilena: dos senadores.
¿Qué va a pasar en las elecciones de senadores 2017?
Se mantendrá el sistema mediante el cual el Senado se renueva por partes. En 2017, se elegirán los senadores de las regiones impares. Como las regiones pares se renovaron en 2013, esos escaños se renovarán recién en 2021 y quienes los ocupan podrán mantenerse en el cargo hasta marzo de 2022.
¿Cuántos candidatos por distrito (diputados) o circunscripción (senadores) puede presentar un partido que se presente solo o un pacto electoral?
Por cada circunscripción o distrito pueden presentar un candidato más que el cupo total de parlamentarios que se elija por el distrito o circunscripción. Por ejemplo, si un distrito elige tres diputados, el partido o el pacto puede presentar un máximo de cuatro candidatos máximo.
¿Cómo se determina cuáles candidatos ganan cada elección?
Se usa un método para asegurar la proporcionalidad de candidatos electos, según la votación obtenida por cada partido o pacto. El mecanismo se denomina coeficiente D’ Hondt. Consiste en dividir los votos de cada lista por uno, dos, tres y así sucesivamente hasta la cantidad de cargos que corresponda elegir.
Las cifras resultantes se ordenan asignando el número mayor por lista al candidato más votado y así sucesivamente. Luego se comparan los resultados con los obtenidos por las otras listas. Por ejemplo, si se eligen cinco diputados se hace una lista de las cinco cifras más altas de entre todas las listas. Esos candidatos son finalmente electos.
Cuando son pactos electorales o asociaciones de partidos con independientes se hará un cálculo similar al interior del conglomerado para determinar qué candidatos son electos.
Si hay empate de votos entre candidatos de una misma lista o entre candidatos de distintas listas que a su vez estén empatadas, el Tribunal Calificador de Elecciones procederá en audiencia pública a efectuar un sorteo entre ellos.
¿Pueden los partidos integrantes de un pacto electoral asociarse con independientes?
Sí. En las elecciones de senadores y diputados dos o más partidos pueden establecer un pacto electoral. Asimismo, los partidos pueden asociarse con candidatos independientes.
¿Qué disposición se adopta para asegurar la paridad de género en el Congreso Nacional?
La legislación dispone que del total de candidaturas tanto a diputados como a senadores que presente un partido, vaya o no en un pacto, ni los candidatos ni las candidatas podrán superar el 60 por ciento del total de candidaturas. Esta regla que busca equiparar la presencia de los géneros en el Parlamento se aplicará en todas las elecciones parlamentarias hasta la del año 2029.
Por ejemplo, si un partido presenta 50 candidaturas no podrá tener más de 30 hombres o 30 mujeres en su plantilla. Si un partido no respeta esta norma, el Servicio Electoral rechazará todas sus candidaturas. Pero la colectividad tendrá cuatro días hábiles para corregir el error y cumplir con lo dispuesto.
¿Cómo se asegura la paridad de género, si se considera que los partidos pueden elegir candidatos vía primarias?
La ley señala que el partido que decida participar en primarias no podrá elegir más del 40 por ciento de sus candidatos de esa manera. Una vez terminadas las primarias, se debe completar la nómina y asegurar que no haya más de un 60 por ciento de candidatos del mismo género en la nómina.