¿Sabías que si mojas a los peatones, en caso de haber agua en la calle, cometes una infracción menos grave? Hay muchas, muchas faltas por las que pueden ser sancionados los conductores. Aquí repasamos las más desconocidas. ¡Lo que creías que no era infracción, puede serlo!
Infracciones Graves desconocidas
1. Mantener las luces altas al enfrentar o acercarse por detrás a otro vehículo.
2. Conducir un vehículo sin patente.
3. Conducir sin luces en las horas y circunstancias en que las exige la ley. (En autopistas interurbanas y zonas rurales se debe conducir con luces encendidas)
4. Usar indebidamente estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad.
5. Arrojar cigarrillos u otros elementos que puedan provocar un accidente o incendio.
6. Conducir con uno o más neumáticos en mal estado.
7. Circular a menor velocidad que la mínima fijada para esa vía.
8. Conducir un taxi sin taxímetro, o tenerlo sin el sello de la autoridad o manipulado para que no marque la tarifa reglamentaria.
9. Conducir un vehículo sin tacógrafo u otro dispositivo que registre en el tiempo la velocidad y distancia recorrida, o con éste en mal estado o en condiciones deficientes.
10. Conducir usando el teléfono celular u otro aparato de telecomunicaciones, que no sea con «manos libres».
11. Mantener abiertas las puertas de un vehículo de locomoción colectiva mientras se encuentra en movimiento; llevar pasajeros en las pisaderas o no detenerse junto a la acera al tomar o dejar pasajeros.
12. No pagar la tarifa en vehículos de locomoción colectiva.
La multa por las faltas graves varían entre 1 a 1.5 UTM.
Infracciones menos graves desconocidas
13. Conducir un vehículo sin silenciador o con éste o el tubo de escape en malas condiciones.
14. No llevar limpiaparabrisas o espejo regulable.
15. Infringir lo dispuesto en el artículo 118, esto es, que en el caso de haber agua en la calzada, el conductor cuidará que ésta no moje la acera ni a los peatones.
16. Beber alcohol al interior del vehículo. Tanto el conductor como sus pasajeros.
17. Conducir marcha atrás, salvo que sea indispensable para mantener la libre circulación, para incorporarse a ella o estacionar el vehículo. Y no se podrá retroceder en los cruces, aunque haya traspasado la línea de detención, a no ser que lo indique un Carabinero.
18. Conducir bicicletas, motocicletas o vehículos similares, sin casco protector y demás elementos de seguridad.
19. No respetar el paso preferente de vehículos de emergencia: Ambulancias, Bomberos, Carabineros y Policía de Investigaciones.
20. Negarse los conductores de vehículos de locomoción colectiva a transportar escolares.
La multa por Infracciones de faltas menos graves varían entre 0.5 a 1 UTM.