En el contexto de medidas para hacer frente al problema de seguridad social, entró en vigencia la ley 20.931, también llamada “agenda corta anti delincuencia”. En ella se aborda el tema del control preventivo de identidad. ¿Cuáles son las medidas?
Aquí las contamos.
Control Preventivo de Identidad trata de que tanto personal de Carabineros como de la PDI., que estén debidamente identificados, pueden sin necesidad de existir un delito flagrante, controlar la identidad de cualquier persona, mayor de 18 años que circule en algún lugar público o privado que sea de libre acceso.
Algunas precisiones:
¿Qué documentación se podrá solicitar?
Es posible mostrar, además de la cédula de identidad el pasaporte o la licencia de conducir.
¿Cuánto tiempo puede durar el procedimiento?
El procedimiento no podrá demorar más de una hora.
¿Si la persona controlada se niega a identificarse, que pasa?
Se le sancionará con una multa que va de una a cuatro Unidades Tributarias Mensuales.
¿La policía debe llevar a la persona a la Comisaría para identificarla?
En principio, la identificación se realizará en el lugar en que la persona se encuentre. El funcionario policial debe otorgar a la persona facilidades para encontrar y exhibir estos documentos.
¿Puede la policía registrar las vestimentas de una persona?
Si, la policía puede registrar las vestimentas, el equipaje o el vehículo de la persona cuya identidad se controla. Los funcionarios también pueden verificar si la persona tiene órdenes de detención pendientes.
¿Cuándo la policía puede detener al controlado?
Puede detenerlo si se descubre que tiene una orden de detención pendiente o si del registro que se le efectúe se establezca que se encuentra en situación de flagrancia, es decir, que cometió un delito recientemente o sea sindicado por la víctima o testigos como autor o cómplice de un delito. También se considera flagrancia que la persona tenga en su poder objetos obtenidos a través de un delito o armas que pudieran hacer sospechar que intervino en una acción ilegal.