Desde el 20 de octubre comienza la propaganda electoral y la franja, que irá desde las 20:40 horas, hasta las 21.00. Cada candidato contará con dos minutos y medio y aparecerán según el orden de la papeleta de votación. En el caso de los candidatos al Congreso, la franja se transmitirá desde las 13:10 horas hasta las 13:30 horas. Al día siguiente se revertirán los horarios.
¿Qué se puede hacer en la propaganda?
– Publicaciones en prensa escrita, electrónica y radioemisoras.
– Brigadistas en la vía pública, con banderas, lienzos u otros
– Entrega de material impreso, como volantes.
– Instalar carteles en plazas u otros lugares públicos autorizados por el SERVEL. (los carteles no pueden exceder los dos metros cuadrados)
– Instalar propaganda en espacios privados mediante carteles, afiches o letreros, siempre que medie autorización escrita del propietario (carteles no pueden superar los seis metros cuadrados)
– Los candidatos pueden hacer propaganda vía telefónica y mensajes de texto.
¿Que está prohibido?
– Propaganda aérea mediante aeronaves o cualquier otro tipo de elementos de desplazamiento en el espacio aéreo
– Propaganda que, pese a ubicarse en lugar autorizado, destruya, modifique, altere o dañe de manera irreversible los bienes muebles o inmuebles que allí se encuentren
– Propaganda electoral en vehículos de transporte de pasajeros, paradas de transporte público, estaciones de ferrocarriles o de metro, o postes del alumbrado del tendido eléctrico, telefónicos, de televisión u otros de similar naturaleza.
¿Puedo denunciar por malas prácticas?
Sí. Cualquier persona podrá formular denuncias directamente ante Carabineros de Chile, quienes deberán proceder a retirar o suprimir los elementos de propaganda que no cumplan con la ley. Además, los ciudadanos pueden presentar una denuncia por escrito ante la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral o ante la Dirección Regional del Servel respectiva. También lo pueden hacer digitalmente mediante el Portal de Denuncias Ciudadanas.
¿Los candidatos se exponen a sanciones?
Sí. De no cumplir con lo establecido, los candidatos se exponen a sanciones y multas establecidas en la Ley 18.700 por faltas a las normas de propaganda electoral. Éstas van desde los $233.700 a los $9.000.000.