La ley de convivencia vial busca generar una armonía entre todos los actores en el sistema de trasportes, comenzando por los vehículos motorizados hasta la nueva categoría creada: “los ciclos”, quienes son los que observan las mayores novedades.
El concierto, prevé una serie de derechos y deberes de los intervinientes, de modo de equiparar la “cancha vial”. La idea es potenciar los medios de transporte sustentables por sobre el resto, entregándoles un lugar protagónico, siendo entonces este un esfuerzo más para un cambio necesario y ciertamente inevitable, observado ya en las grandes urbes del mundo.
Las principales medidas que contempla la Ley de convivencia vial son:
1.- Distinción entre los vehículos motorizados de los que no lo son.
2.- Crea una nueva categoría: “los ciclos”, que comprende además de las bicicletas a los patines, scooters, skates, etc…
3.- Contempla la obligatoriedad, en caso de haber, del uso de las ciclovías.
4.- Ante la ausencia de las ciclovías, los ciclos deberán circular por la pista derecha de la calzada.
5.- Excepción al uso de ciclovías y calzada. Podrán circular por la vereda:
a.- los ciclos conducidos por menores de 14 años,
b.- adultos que transporten a menores de hasta 7 años,
c.- adultos mayores,
d.- personas con movilidad reducida.
6.- Los vehículos motorizados, están obligados a dejar 1.5 mts de distancia en la maniobra de adelantamiento de los ciclos.
7.- Reducción de la velocidad urbana máxima de 60 a 50 kl/h.