En tiemos de vacaciones siempre toma relevancia este tema. El Overbooking o sobrerreserva es una práctica habitual en las líneas aéreas. Se da cuando se venden más asientos de los que realmente posee en un vuelo, para asegurarse de que el avión volará con el máximo número de personas. Foto: La Tercera
Las compañías lo hacen con un cálculo estadístico que señala que algunas personas no llegarán a tomar el avión. Pero, ¿qué pasa cuando llegan todos?
Ahí aparecen los derechos del pasajero, los que se deben prestar en caso de que a una persona no se le embarque por responsabilidad de la empresa, aunque tenga el pasaje confirmado y se haya presentado oportunamente.
En estos casos, las aerolíneas están obligadas, a dar a elegir al pasajero, si quiere el reembolso de lo pagado o a embarcarlo en el primer vuelo disponible que el consumidor acepte.
Si el pasajero acepta tomar otro vuelo, la aerolínea tiene el deber de entregar, como mínimo y sin cargo, las siguientes prestaciones:
- Las llamadas telefónicas que el consumidor necesite realizar;
- Comidas necesarias hasta que se embarque en el siguiente vuelo;
- Alojamiento cuando el tiempo de espera para embarcar así lo requiera;
- Movilización desde y hacia el aeropuerto;
- Las prestaciones necesarias para continuar el viaje en caso de que el pasajero pierda un vuelo de conexión con reserva confirmada;
- Todo esto, sin perjuicio de que, además, el pasajero puede iniciar acciones civiles exigiendo las indemnizaciones correspondientes si sufrió un daño mayor, incluso moral;
- Esta obligación no se cumple con informar a través de paletas o carteles, sino a través de la disposición de copias del reglamento en el mostrador y en el lugar de venta.
¿Me deben compensar con dinero si me deniegan el vuelo por sobreventa?
La empresa aérea debe pagarle las siguientes sumas, según el caso:
- 2 unidades de fomento para vuelos de menos de 500 kilómetros. Si el retraso es de más de cuatro horas, sube a 3,75 UF.
- 3 unidades de fomento para vuelos de entre 500 y 1.000 kilómetros.
Si el retraso es de más de cuatro horas, sube a 2,5 UF. - 4 unidades de fomento para vuelos de entre 1.000 y 2.500 kilómetros. Si el retraso es de más de cuatro horas, sube a 5 UF.
- 8 unidades de fomento para vuelos de entre 2.500 y 4.000 kilómetros cuando la llegada se retrasa entre 1 y 3 horas. Si el retraso es de más de tres horas, sube a 10 UF.
- 12 unidades de fomento para vuelos de entre 4.000 y 8.000 kilómetros cuando la llegada se retrasa entre 1 y 3 horas. Si el retraso es de más de tres horas, sube a 15 UF.
- 16 unidades de fomento para vuelos de más de 8.000 kilómetros cuando la llegada se retrasa entre 1 y 3 horas. Si el retraso es de más de tres horas, sube a 20 UF.
En caso de que no se respeten tus derechos del pasajero aéreo, debes hacer el reclamo a la empresa, y si no obtienes resultados, llamar al 143 de la SEREMI de Transportes o al SERNAC al 600 594 6000.