La llamada “Ley de Tolerancia 0”, redujo la cantidad de alcohol en la sangre autorizada para conducir vehículos motorizados, además ahora castiga la reincidencia hasta con la pérdida de por vida de la licencia del conductor.
Se pueden distinguir actualmente tres figuras en relación al manejo con alcohol en la sangre:
A) La ley establece que eres sorprendido conduciendo bajo la influencia del alcohol, cuando marcas desde 0,30 a 0,79.
B) También esta ley disminuyó la cifra para considerar a un conductor en estado de ebriedad, la cual antes de la modificación legal, era de 1,0 gramos o más, y ahora parte en 0,8.
C) Por una modificación, promulgada el 29 de octubre de 2012, quienes conduzcan con hasta 0,29 no serán sancionados, porque conducir con esa cantidad de grados de alcohol en la sangre ya no es considerado como conducir en «condiciones físicas y psíquicas deficientes».
Si causas daños materiales o lesiones, las penas se elevan y se determinarán dependiendo de la gravedad del daño y el nivel de alcohol en la sangre que registres.
En caso de reincidencia, cometiendo cuasidelito de lesiones menos graves, graves o gravísimas o muerte, las penas podrían elevarse hasta la inhabilidad perpetua para conducir vehículos.
¿Cuáles son las multas?
Daños/Estado |
Sin daños o lesiones | Daños materiales o lesiones leves | Lesiones menos graves | Lesiones graves |
Lesiones gravísimas o muerte |
Bajo la influencia del alcohol | Multa de 1 a 5 UTM y la suspensión de licencia por 3 meses | Multa entre 1 y 5 UTM y suspensión de licencia por 6 meses. | De 1 a 20 días de prisión o multa de 4 a 10 UTM y suspensión de la licencia por 9 meses. | De 61 a 541 días de prisión o multa de 11 a 20 UTM y suspensión de la licencia de 18 a 36 meses. | De 3 años y 1 día, a 5 años de prisión, multa de 21 a 30 UTM y suspensión de la licencia de 36 a 60 meses. |
Estado de ebriedad | De 61 a 540 días de prisión, multa de 2 a 10 UTM y: 1era ocasión: Suspensión de licencia por 2 años. 2da ocasión: Suspensión de licencia por 5 años. 3era ocasión: Cancelación de la licencia de conducir. | De 61 a 540 días de prisión, multa de 2 a 10 UTM y: 1era ocasión: Suspensión de licencia por 2 años. 2da ocasión: suspensión de licencia por 5 años. 3era ocasión: Cancelación de la licencia de conducir. | De 541 días a 3 años de prisión, multa entre 4 y 12 UTM. Suspensión de la licencia por 36 meses. En caso de reincidencia cancelación definitiva de la licencia. | De 541 días a 3 años de prisión, multa entre 4 y 12 UTM. Suspensión de la licencia por 5 años. En caso de reincidencia cancelación definitiva de la licencia. | De 3 años y 1 día a 5 años de prisión, multa entre 8 y 20 UTM e inhabilitación de por vida para conducir. |