A partir del 27 de marzo de 2014, se podrá verificar quiénes son los beneficiarios del bono marzo, a través del sitio web del gobierno. Fuente: www.gob.cl
¿Cuáles son los requisitos para recibir el bono?
El Aporte Familiar Permanente le corresponderá recibirlo, en marzo de cada año, a quienes hayan tenido una de las siguientes calidades o condiciones al 31 de diciembre del año anterior:
a) Beneficiarios de Subsidio Familiar (también conocido como SUF).
b) Beneficiarios de Asignación Familiar o Maternal que hayan percibido esas asignaciones por tener un ingreso mensual, a esa misma fecha (31 de diciembre del año anterior), igual o inferior al límite legal que da derecho a recibir esas asignaciones (al 31 de diciembre de 2013, ese tope fue de $501.978).
En otras palabras, los beneficiarios de asignación familiar que exceden el tope legal de ingresos, continúan con sus cargas, pero sin recibir dinero por cada una de ellas. Así, quienes exceden el límite de ingresos, no accederán al Aporte Familiar Permanente del año respectivo.
c) Familias usuarias del Subsistema “Seguridades y Oportunidades” (conocido como Ingreso Ético Familiar).
d) Familias participantes del Subsistema “Chile Solidario”.
¿Cómo sé si soy beneficiario?
Para hacerlo más fácil el gobierno ha implementado el sitio, donde ingresando tu número de RUN, podrás verificarlo. REVÍSALO AQUÍ, desde el 27 de marzo.
¿Cuál es el monto del bono?
Este año será de $40.000 por cada carga familiar o causante de SUF que el beneficiario tenga acreditada al 31 de diciembre de 2013.
Será también de $40.000 por cada familia que al 31 de diciembre de 2013 haya sido usuaria del Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar) o del Subsistema Chile Solidario.
¿Cómo postulo?
A este bono no se postula, lo reciben automáticamente las familias que cumplan con los requisitos.
¿Cómo se paga?
El Instituto de Previsión Social pagará el Aporte a través de las sucursales de pago de la Caja de Compensación Los Héroes, contratadas por el IPS, o mediante transferencia bancaria en los casos en que el beneficiario ya tenga esa modalidad de pago convenida con el IPS para el cobro regular de su beneficio.
De igual modo, el IPS pagará este Aporte en el proceso normal de pago rural del período 2014 que se informará oportunamente.
Si creo que debo recibir el bono: ¿Puedo apelar?
Tendrás un año para apelar por el no otorgamiento del Aporte, a contar de la publicación de la ley. En ese caso, podrás ingresar tu apelación a través de internet.