¿Qué hacen los fiscales? ¿Cuáles son las funciones de la Corte Suprema? ¿Quién nombra a los jueces? En este especial respondemos éstas y todas las preguntas para dejar claro cómo funciona el Poder Judicial, que es uno de los poderes del estado.
1.- Estructura del poder Judicial:
Este poder del Estado está conformado por:
a.- Tribunales Ordinarios:
-Corte Suprema.
-Cortes de Apelaciones.
-Juzgados de Letras.
-Juzgados de Garantía.
-Tribunales Orales en lo Penal.
b.- Tribunales Especiales:
-Tribunales de Familia.
-Tribunales de Letras del Trabajo.
-Tribunales de Cobranza Laboral y Previsional.
– Tribunales Militares en tiempo de paz.
-Tribunales Aduaneros.
-Juzgados de Policía Local.
– Tribunal de la Libre Competencia.
c.- Tribunales Arbitrales: Estos no forman parte del poder judicial, pero de igual forma están llamados a resolver conflictos en calidad de Árbitros de Derecho – Arbitradores o Amigables Componedores – Árbitros Mixtos.
2.- Definición de Tribunal:
Son órganos de la administración de justicia, llamados a resolver todos aquellos conflictos que las partes no han podido o no están llamadas a solucionar de forma autónoma.
3.- Funciones de la Corte Suprema:
a.- Como cabeza del Poder Judicial, le corresponde ejercer todas las funciones administrativas, disciplinarias y económicas propias de la estructura piramidal que dirige. Dicho de otra manera, determina la forma como deben funcionar todos los tribunales del país.
b.- Como Tribunal que es, tiene funciones de tal, así las cosas, está facultado para conocer de los recursos de apelaciones interpuestos contra resoluciones dictadas por cualquiera de las 17 Cortes de Apelaciones existentes en el país y demás recursos que le correspondan resolver cuando actúa como Tribunal de Segunda instancia, es decir cuándo debe “revisar” las resoluciones de su inferior jerárquico.
4.- Funciones de las Cortes de Apelaciones:
Están llamadas a conocer de los Recursos de Apelaciones (coloquialmente, revisan sentencias) interpuestos en alguno de los tribunales, que estén por debajo de ellas en la escala del Poder Judicial. Es decir, son por esencia los tribunales de segunda instancia, sin perjuicio que por la envergadura del asunto discutido, puedan conocer de asuntos en primera o incluso única instancia.
5.- Función de los Tribunales Civiles:
Conocer y resolver diferencias o conflictos entre particulares, cuando estos no están en condiciones de hacerlo de manera autónoma.
6.- ¿Quien nombra a los jueces civiles?
Al respecto, la Constitución chilena es bastante clara: “Los jueces letrados serán designados por el Presidente de la República, a propuesta en terna de la Corte de Apelaciones de la jurisdicción respectiva”.
7.- ¿Cómo funcionan los tribunales de familia?
Son tribunales orales que básicamente funcionan en base a una o más audiencias que se celebran en presencia de las partes y el juez.
8.- ¿Cómo funcionan los Juzgados de Garantía y los Tribunales Orales en lo Penal?
Ambos son tribunales orales, el de Garantía está compuesto por un juez, y el Tribunal Oral en lo Penal por tres jueces. El procedimiento penal, luego de la conocida reforma procesal penal, pasa a ser de única instancia, en el que eventualmente interfieren estos dos tribunales, dependiendo de la gravedad del delito y de los antecedentes del imputado.
9.- ¿Qué es el Ministerio Público?
Es el organismo autónomo, encargado de perseguir e investigar los delitos cometidos por el imputado, con el objeto de velar por el interés social, no de la víctima, pues esa es labor del abogado querellante.
10.- Funciones del Ministerio Público:
Ejercer privativamente la acción penal. Es el único organismo facultado del poder necesario para dirigir una investigación tendiente a reunir los antecedentes necesarios para perseguir penalmente al imputado de algún delito.
11.- Fiscal:
Ente persecutor del Ministerio Público.
12.- Defensoría Penal Pública:
Servicio público, cuyo objetivo es proveer al imputado, una defensa apropiada por el delito que se le imputa.
13.- ¿Es gratuita la labor de la Defensoría Penal Pública?
No, está sujeta a una tarifa que dependerá de la envergadura de la defensa provista.