Para que los tengas anotados desde ya. Estos son los feriados que nos trae el año 2017. Ojo que hay 5 que son irrenunciables, pero ¿Qué significa esto?
Esto quiere decir que durante estos días, sólo pueden funcionar los comercios atendidos por sus propios dueños. Por lo tanto, los mall, supermercados y otros comercios permanecerán cerrados. Hay excepciones como restaurantes, establecimientos de entretenimientos, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, entre otros lugares legalmente autorizados.
¿Cuáles son las multas por no respetar el feriado irrenunciable?
De ser fiscalizado y encontrado en falta, las multas al respecto son de 10 UTM, si la empresa tiene entre 1 y 49 trabajadores; de 40 UTM, si la empresa tiene entre 50 y 199 trabajadores, y de 60 UTM si la empresa tiene 200 y más trabajadores.
Pero vamos a lo entretenido ¿Cuándo son los feriados? Son 15 y 9 corresponderán a días de semana, que provocarán 7 fines de semana largos.
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- Domingo 1 de enero, Año nuevo, Irrenunciable, Ley 2.977
- Viernes 14 de abril, Viernes Santo, Ley 2.977
- Sábado 15 de abril, Sábado Santo, Ley 2.977
- Miércoles 19 de abril, Censo de población y vivienda.
- Lunes 1 de mayo, Día del Trabajador, Irrenunciable, Ley 19.973
- Domingo 21 de mayo, Día de las Glorias Navales, Ley 2.977
- Lunes 26 de junio, San Pedro y San Pablo, Leyes 2.977, 18.432, 19.668
- Domingo 16 de julio, Día de la Virgen del Carmen, Ley 20.148
- Martes 15 de agosto, Asunción de la Virgen , Ley 2.977
- Lunes 18 de septiembre, Independencia Nacional, Irrenunciable, Ley2.977
- Martes 19 de septiembre, Día de las Glorias del Ejército, Irrenunciable, Ley 2.977
- Lunes 9 de octubre, Encuentro de Dos Mundos, Ley 3.810
- Viernes 27 de octubre, Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes, Ley 20.299
- Miércoles 1 de noviembre, Día de Todos los Santos, Ley 2.977
- Domingo 19 de noviembre, Elecciones presidenciales (primera vuelta)
- Viernes 8 de diciembre, Inmaculada Concepción, Ley 2.977
- Domingo 17 de diciembre, Elección presidencial (segunda vuelta)
- Domingo 25 de diciembre, Navidad, Irrenunciable, Ley 2.977
Además existe 2 feriados locales:
- Martes 07 de junio: Asalto y Toma del Morro de Arica. Feriado para la Región de Arica y Parinacota.
- Sábado 20 de agosto: Nacimiento del Prócer de la Independencia. Feriado para las comunas de Chillán y Chillán Viejo.
Según el artículo 36 de Código del Trabajo, el descanso de los trabajadores dependientes del comercio debe iniciarse a más tardar a las 21:00 horas del día anterior al festivo y terminar a las 06:00 horas del día siguiente.
Por esto, normalmente, previo a un feriado irrenunciable, los supermercados del país cierran más temprano que de costumbre, entre las 19:00 y las 20:30 horas, para asegurar que sus trabajadores se retiren a más tardar a las 21:00 horas.