Con la nueva ley del cambio de orden de los apellidos, ya no será obligación que los hijos o hijas lleven primero el apellido del padre y luego el de la madre, ya que serán los progenitores quienes puedan elegir el orden de los apellidos de sus hijos. Esta ley también recoge la posibilidad de que los adultos cambien el orden de sus apellidos. Vamos a ver cómo funciona.
¿En qué orden se transmiten los apellidos?
Con esta nueva ley, la madre y el padre pueden elegir, de común acuerdo, el orden de los apellidos de sus hijos e hijas.
¿Cómo será la regla para transmitir los apellidos?
Cuando los padres tengan su primer hijo o hija, deberán elegir el orden de los apellidos con que se inscribirá. Si nacen otros hijos comunes, se deberá mantener el mismo orden que se eligió para el primero hijo. La regla general en cualquier caso, es que todos los hijos que una madre y un padre tengan en común deberán inscribirse siempre con el mismo orden de apellidos.
¿Para seleccionar el orden de los apellidos debe ser por acuerdo de padre y madre?
Sí, si no hay acuerdo se mantendrá como primer apellido el del padre y deberá ser así para todos los hijos comunes.
¿Qué pasa con los hijos e hijas que son inscrito sólo por padre o madre?
En esos casos, quedará inscrito con un solo apellido, el primero de la madre o del padre, según el caso. Aunque de todas formas, si más adelante se determina la maternidad o paternidad que estuvo ausente al momento de la inscripción, éste se agregará como segundo apellido, a no ser que los padres acuerden lo contrario.
¿Si soy mayor de edad, puedo cambiar el orden de mis apellidos?
Sí, se puede solicitar sólo una vez ante el Servicio de Registro Civil e Identificación. También se deberá deberá solicitar rectificar los registros con que se le hubiera identificado en el Servicio de Registro Civil e Identificación.
¿Qué pasa con los apellidos de los padres del adulto que cambia el orden de sus apellidos?
No pasará nada más. El cambio del orden de los apellidos sólo se hará para el solicitante, sin que afecte a su padre, madre, abuelos y demás ascendientes, y no alterará la filiación.