Administrador de comunidades: Sus facultades y obligaciones
El administrador de comunidades tiene obligaciones, facultades y derechos. Pero ¿Como se nombra? ¿Se puede destituir? Todo esto y mucho más lo explicamos aquí. ¿Quiénes
El administrador de comunidades tiene obligaciones, facultades y derechos. Pero ¿Como se nombra? ¿Se puede destituir? Todo esto y mucho más lo explicamos aquí. ¿Quiénes
La Ley establece una acción para perseguir el cobro de gastos comunes, incluso si han sido generados antes de la adquisición del inmueble. Veamos aquí
Una de las obligaciones que tienen los copropietarios de una comunidad es pagar los gastos comunes. ¿Pero qué son? ¿Hay sanciones si no se pagan?
Uno de los principales problemas que tienen las comunidades es el atraso o no pago de gastos comunes. Para esto existen algunas medidas que puede
Las atribuciones del Comité de administración pueden provenir de la ley, del Reglamento de Copropiedad o por delegación de facultades de la asamblea de copropietarios.
Nuestros clientes nos consultan mucho sobre la ley de copropiedad, debido a una serie de conflictos y malos entendidos que ocurren en las comunidades. Esta
Lo primero que debes saber es que en caso de conflicto, entre un copropietario y la administración, deberá recurrirse al Juzgado de Policía Local competente
Antes, algunos habitantes de edificios o condominios no podían elegir que proveedor de servicios de TV, internet y telefonía, ya que no existía la factibilidad
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I. Descripción de la cobertura
El servicio cubre la atención de un abogado para contestar consultas referentes a las siguientes materias legales regidas por la legislación chilena.
1. Derecho Laboral
2. Derecho comercial
3. Derecho Municipal y Administrativo
II. Exclusiones
a) La atención de asuntos ocurridos antes de la entrada en vigencia del plan.
b) Cualquier conflicto laboral de carácter sindical, colectivo o distinto de los descritos en la
cobertura de este plan.
c) Los gastos notariales o inscripciones, de la asesoría y los gastos, costas o indemnizaciones del juicio distintos a los incluidos expresamente en el plan, serán de cargo del cliente.
d) La concurrencia a citaciones o audiencias que hayan sido informadas a LegalChile 48 horas después de haber sido recibidas por el cliente, según conste en el estampe o notificación de la referida citación.
e) Acciones judiciales o defensas contra otros afiliados o en las cuales LegalChile tenga conflicto de interés. En este caso LegalChile sólo estará obligada a instar por la mediación o conciliación privada entre las partes y si esta fracasa, no podrá ni deberá intervenir en representación de ninguno de los involucrados.
III. Vigencia
Cobertura 12 meses.
IV. Cobertura
Nacional. (Excluido Juan Fernández; Isla de Pascua y territorio Antártico Chileno)
V. Como utilizar el servicio
El cliente podrá efectuar sus consultas de las siguientes formas:
Horario de atención:
I. Descripción de la cobertura
El servicio cubre la atención de un abogado para contestar consultas referentes a las siguientes materias legales regidas por la legislación chilena.
1. Derecho Laboral
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3. Derecho Municipal y Administrativo
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II. Exclusiones
a) La atención de asuntos ocurridos antes de la entrada en vigencia del plan.
b) Cualquier conflicto laboral de carácter sindical, colectivo o distinto de los descritos en la
cobertura de este plan.
c) Los gastos notariales o inscripciones, de la asesoría y los gastos, costas o indemnizaciones del juicio distintos a los incluidos expresamente en el plan, serán de cargo del cliente.
d) La concurrencia a citaciones o audiencias que hayan sido informadas a LegalChile 48 horas después de haber sido recibidas por el cliente, según conste en el estampe o notificación de la referida citación.
e) Acciones judiciales o defensas contra otros afiliados o en las cuales LegalChile tenga conflicto de interés. En este caso LegalChile sólo estará obligada a instar por la mediación o conciliación privada entre las partes y si esta fracasa, no podrá ni deberá intervenir en representación de ninguno de los involucrados.
III. Vigencia
Cobertura 12 meses.
IV. Cobertura
Nacional. (Excluido Juan Fernández; Isla de Pascua y territorio Antártico Chileno)
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